PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA SALIDAS PEDAGÓGICAS
Para viajes al interior del país podrán ser efectuados por vehículos registrados o inscritos como transporte privado remunerado de pasajeros, vehículos de transporte público en servicio especial (taxis colectivos, buses rurales, buses interurbanos) o transportes escolares.
Exigencias al Transporte privado remunerado de pasajeros: (DEC. 80/2004):
•Documentación propia del vehículo (Permiso de circulación, SOAP
seguro obligatorio de accidentes, revisión técnica)
•Licencia de conducir acorde al tipo de vehículo.
•Cumplir con la normativa del decreto 80/2004.
•Cumplir con la Ley de Tránsito.
•Letrero frontal que señale el servicio que presta “Servicio ocasional o Turismo”
Exigencias al transporte escolar que realice transporte privado (DEC. 80/2004), solo en periodos estivales (60 días en verano y 40 en periodos de vacaciones escolares):
•Documentación propia del vehículo (Permiso de circulación, SOAP seguro obligatorio de accidentes, revisión técnica)
•Licencia de conducir acorde al tipo de vehículo.
•Por encontrarse registrado como transporte escolar para poder efectuar transporte privado deberá contar con una autorización especial.
•Cumplir con la normativa del decreto 80/2004,
•Cumplir con la Ley de Tránsito.
Exigencias a los vehículos de transporte público en servicio especial (DEC. 237/1992):
•Documentación propia del vehículo (Permiso de circulación, SOAP seguro obligatorio de accidentes, revisión técnica)
•Licencia de conducir acorde al tipo de vehículo.
•Tratándose de servicios especiales de transporte inscritos en el servicio de Registro Nacional de Transporte de Pasajeros, deberá portar el certificado de servicio especial que contempla los antecedentes viaje.
•Cumplir con la normativa del decreto 237/1992.
•Cumplir con la Ley de Tránsito.
•Letrero frontal “Servicio Especial”
Para viajes al exterior del país
Exigencias:
•Documentación propia del vehículo (Permiso de circulación, SOAP seguro obligatorio de accidentes, revisión técnica)
•Seguro de vida internacional
•Licencia de conducir acorde al tipo de vehículo.
•Podrán ser efectuados por vehículos que cuenten con autorización en asuntos internacionales del Ministerio de Transportes, cuyo documento les permitirá salir del país.
•Cumplir con la Ley de Tránsito.
Es importante señalar que el “Programa Nacional de Fiscalización del Ministerio de Transportes” se encuentra disponible para efectuar fiscalizaciones a los vehículos que efectúan viajes transportando estudiantes, especialmente en paseos o giras de estudio. Para ello deben ingresar Solicitud de Fiscalización en el siguiente link http://www.fiscalizacion.cl/ y seleccionar el banner “Solicitud de Fiscalización Giras de estudio y paseos de fin de año”.
Los/las profesores/as pueden realizar salidas pedagógicas con los estudiantes teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
1.- Toda salida pedagógica debe estar programada y contenida en las planificaciones trimestrales de cada asignatura.
2.- Estas salidas deben estar orientadas según objetivos de aprendizajes e indicadores establecidos por los programas de estudios.
3.- Para poder salir a terreno con un curso el profesor debe notificar a Dirección Académica de esta actividad. Además de completar una solicitud de autorización dirigida a la Secretaría Regional de Educación o Departamento Provincial con 20 días hábiles de anticipación, esta debe ser firmada y enviada por Dirección Académica.
4.- Es el/la profesor/a quien debe enviar comunicaciones a los apoderados/as informando de la actividad, el objetivo de esta y los costos de traslado y entrada (en caso de que se deba cancelar esta última).
5.- Además de la comunicación anterior el profesor/a debe enviar una solicitud de autorización al apoderado/a para que el estudiante pueda salir del Colegio, esta debe contener: el nombre y cédula de identidad del apoderado/a titular o suplente y del estudiante, el lugar donde visitarán, la hora de salida y de regreso al Colegio.
6.- Los estudiantes que no presenten la autorización firmada por el apoderado/a en la fecha de la salida a terreno, no podrán participar de la actividad y deberán quedarse en el establecimiento educacional a cargo de un inspector o del encargado de la biblioteca en trabajos de clase.
7.- El/la profesor/a deben velar para que los contactos que realicen con las personas del transporte cuenten con todos los documentos, permisos y medidas de seguridad necesarios para el traslado de personas, ya que de no ser así se suspenderá inmediatamente la salida programada.